EL “DOLOR REFERIDO” EN LOS ACCIDENTES DE TRAFICO

dolor referido tras accidente de tráfico

EL “DOLOR REFERIDO” EN LOS ACCIDENTES DE TRAFICO

Tras un accidente de tráfico y el correspondiente periodo de tratamiento médico, es muy habitual que en el informe de alta el médico indique que “el paciente refiere dolor”. Es decir, no indica que esté curado, solo que el paciente le ha comunicado que tiene dolor.

Y ¿qué consecuencias tiene la comunicación del «dolor referido» para el lesionado? Pues las víctimas de accidente se encuentran con que al reclamar este dolor que persiste al alta como una secuela (dado que no hay una curación total), como no hay una prueba que demuestre el dolor, ni el informe es concluyente, las aseguradoras deciden no indemnizar esa secuela.

Por eso desde Compensator queremos dejar muy claro que esta situación se puede solucionar. Existen pruebas para demostrar la existencia de ese dolor, y defender así el derecho del lesionado a recibir la indemnización que le corresponde. Es más, desde Compensator estamos colaborando en una serie de ponencias que se están realizando en los Colegios de Abogados de Galicia para hablar sobre el dolor referido y para dar a conocer la validez de estas pruebas.

Hasta hace unos años, estas pruebas no estaban contempladas más que en los Juzgados de lo Social. Las Mutuas las usaban para demostrar si el trabajador estaba cometiendo fraude o no, o si necesitaba más tratamiento o no. Pero por suerte, a día de hoy, ya tenemos sentencias en lo Civil de la Audiencia de Pontevedra o de Coruña, avalando el uso de estas pruebas para fijar el importe de las indemnizaciones.

Pero entonces, ¿por qué las aseguradoras no realizan estas pruebas para conocer realmente el alcance de la lesión? Pues porque no les interesa. No les interesa demostrar ese dolor, ni tener que alargar el tratamiento médico, ni abonar la indemnización que marca la ley. En definitiva, no les interesa velar por la salud de los asegurados, sino por sus propios beneficios.

A este desinterés hay que sumarle el hecho de que el pago de la asistencia sanitaria se realiza a través de un módulo, es decir, es una cantidad fija. Hace escasamente seis o siete años los hospitales cobraban 1.200€ por el tratamiento de cada lesionado. A día de hoy, cobran menos de 700€. Los hospitales son al final centros privados, y si disponen de menos dinero por paciente se ven obligados a reducir la duración del tratamiento.

A causa de todo esto, los médicos no tienen más remedio que dar el alta reflejando simplemente las impresiones que los pacientes les refieren, sin poder confirmarlas por falta de medios y financiación.

Por eso desde Compensator Defensa Legal te animamos a revertir esta situación y defender tus derechos. ¡Consúltanos gratuitamente!