21 octubre, 2020
El derecho de repetición
El derecho de repetición surge cuando, por ejemplo, la aseguradora tiene que hacerse cargo de los daños causados por un accidente y el conductor iba borracho, a pesar de que en su póliza no esté incluido ese supuesto.
¿En qué consiste el Derecho de Repetición?
Cuando tiene lugar un accidente, la aseguradora debe cubrir al cliente de su responsabilidad frente a terceros, aunque sepa que el conductor estaba bajo los efectos del alcohol. El problema viene cuando las aseguradoras quieren reclamar ese dinero a sus clientes. Nosotros ya hemos tenido, desgraciadamente, casos en los que esta situación causa un grave perjuicio a una familia, que se ven indefensas ante este tipo de situaciones.
Los casos más frecuentes tienen que ver con la edad de los clientes que tienen los accidentes, es decir, que muchas aseguradoras no quieren incluir en sus pólizas a menores de 25 años, porque, estadísticamente hablando, al tener menos experiencia son más propensos a tener accidentes. Claramente estamos ante un caso de prácticas poco éticas por parte de las aseguradoras.
¿En qué casos se ejerce el Derecho de Repetición?
La razón de ser del derecho de repetición parte de que, en dichos casos, la compañía estaría haciéndose cargo de una indemnización que no le corresponde por estas fuera de las cobertura de la póliza. Sin embargo, aunque la responsabilidad civil no estaría cubierta, en estos casos la normativa prioriza la obligatoriedad de indemnizar a los terceros asegurados, por encima de las excepciones en la póliza.
No obstante, a continuación detallamos las principales circunstancias en las que una aseguradora tiene derecho a repetir contra alguien, una vez abonada la indemnización por un accidente.
a) Conducción con intención dolosa
El seguro puede repetir contra el conductor, el propietario del vehículo causante del accidente y el asegurado, en caso de que los daños causados fueran debidos a una conducta dolosa de cualquiera de ellos, es decir, si los daños se realizaron de forma deliberada y a sabiendas de que no es lícita.
b) Conducción bajo la influencia del alcohol y las drogas
Otro caso bastante frecuente se da cuando el propietario del vehículo causante del accidente estuviera bajo los efectos del alcohol, drogas o cualquier estupefaciente.
c) Conducción sin carnet
La aseguradora puede repetir contra el tomador del seguro o asegurado si el accidente se produjo con alguien que no tiene el carnet de conducir al volante.
d) Contra un tercero responsable
Por ejemplo, en caso de que el vehículo sea robado y provoque un accidente, la aseguradora repetirá contra la persona que se apropió del automóvil de forma ilegal.
Desde Compensator te recomendamos que te pongas en contacto con nosotros, analizaremos tu caso y te informaremos si tienes derecho a reclamar.
A continuación, os dejamos el vídeo que hemos subido a nuestras redes sociales (Facebook, Linkedin y YouTube) donde resumimos esta casuística.