
21 octubre, 2020
¿Qué es el derecho de repetición?
El derecho de repetición es un término con el que un asegurado se puede topar tras un accidente o siniestro. En algunos casos las aseguradoras exigen a sus asegurados la devolución de una indemnización por los daños causados por un tercero amparándose en este derecho. Pero también el asegurado puede oponerse a ello y reclamar a la compañía el pago de la indemnización o la no devolución del pago recibido de ella en determinados casos. Por ello conviene que sepas qué es, en qué consiste y cómo actuar si te ves en esta situación con tu aseguradora.
¿Qué es el derecho de repetición de una aseguradora y cuándo surge?
Es una herramienta legal que las compañías de seguros pueden ejercer exigiendo a su cliente la devolución de la indemnización pagada por un concepto no señalado en el contrato de seguro si se demuestra que hay un culpable y responsable legal del daño o pérdida. También la exigencia, a esa persona legalmente responsable del accidente o daño, de una cantidad semejante a la que ha desembolsado como indemnización.
Surge cuando, por ejemplo, la aseguradora tiene que hacerse cargo de los daños causados por un accidente y el conductor iba borracho, a pesar de que en su póliza no esté incluido ese supuesto. El derecho de repetición está garantizado por:
- La Ley 50/1980 de Contratos de Seguros
- El Real Decreto Legislativo 8/2004
- El texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.
¿En qué consiste el Derecho de Repetición?
Cuando tiene lugar un accidente, la aseguradora debe cubrir al cliente de su responsabilidad frente a terceros y efectuar el pago por los daños causados, aunque sepa que el conductor estaba bajo los efectos de bebidas alcohólicas o drogas, sustancias tóxicas estupefacientes o sustancias psicotrópicas. El problema viene cuando las aseguradoras quieren reclamar ese dinero a sus clientes.
Nosotros en Compensator ya hemos tenido, desgraciadamente, casos en los que esta situación causa un grave perjuicio a una familia, que se ve indefensa ante este tipo de situaciones. Las aseguradoras pueden ejercer el derecho de repetición además de este por otros motivos.
Los casos más frecuentes tienen que ver con la edad de los clientes que tienen los accidentes. Es decir, muchas aseguradoras no quieren incluir en sus pólizas a menores de 25 años, porque, estadísticamente hablando, al tener menos experiencia son más propensos a tener accidentes. Claramente estamos ante un caso de prácticas poco éticas por parte de las compañías de seguros.
Defensa del asegurado ante el derecho de repetición.
La ley otorga a las compañías aseguradoras el derecho de repetición. Pero el asegurado, en determinados casos, puede oponerse, recurrir o reclamar al seguro que no corresponde su aplicación. De ser aceptada esa reclamación no tendría que devolver la indemnización recibida.
En primer lugar hay que saber en qué casos el seguro se puede acoger a este derecho. Cualquier caso que no sea considerado por ley como razón del derecho de repetición está excluido de la norma. Por tanto, fuera de estos casos, la aseguradora no se puede acoger al derecho de repetición para negar el pago o exigir la devolución de la indemnización pagada.
También es importante tener claro que cuando se deja en situación de indefensión al cliente este puede reclamar en muchos casos. Por ejemplo, el ya mencionado: cuando se niegan a incluir en el seguro a conductores noveles y menores de 25 años porque consideran que tienen más accidentes. O si un conductor es víctima de un atropello por parte de una persona que conduce un vehículo robado.
¿En qué casos se ejerce el Derecho de Repetición?
La razón de ser del derecho de repetición parte de que, en casos como conducir bajo los efectos del alcohol o teniendo retirado el permiso de conducir, la compañía estaría haciéndose cargo de una indemnización que no le corresponde por estas fuera de las cobertura de la póliza.
Sin embargo, aunque la responsabilidad civil no estaría cubierta, en estos casos la normativa prioriza la obligatoriedad de indemnizar a los terceros asegurados, por encima de las excepciones en la póliza.
No obstante hay distintos casos en los que una aseguradora se puede acoger al derecho de repetición.
¿Cuándo se produce un pago indebido y la aseguradora puede ejercer el derecho de repetición?
A continuación detallamos las principales circunstancias en las que una aseguradora tiene derecho a repetir contra alguien una vez efectuado el pago de la indemnización por un accidente alegando que se ha producido un pago indebido.
- Conducción con intención dolosa. El seguro puede repetir contra el conductor, el propietario del vehículo causante del accidente y el asegurado, en caso de que los daños causados fueran debidos a una conducta dolosa de cualquiera de ellos, es decir, si los daños se realizaron de forma deliberada y a sabiendas de que no es lícita.
- Conducción bajo la influencia del alcohol y las drogas. Es bastante frecuente y se da cuando el propietario del vehículo causante del accidente estuviera bajo los efectos del alcohol, de las drogas o de cualquier sustancia estupefaciente o psicotrópica.
- Conducción sin carnet de conducir. La aseguradora puede repetir contra el tomador del seguro o asegurado si el accidente se produjo con alguien que no tiene el carnet de conducir al volante. Con independencia del motivo por el que no lo tiene: ya sea porque no lo ha obtenido, ya sea porque se le ha retirado, porque se ha caducado y no lo ha renovado…
- Contra un tercero responsable. Por ejemplo, en caso de que el vehículo sea robado y provoque un accidente. En estos casos la aseguradora repetirá contra la persona que se apropió del automóvil de forma ilegal y causó el siniestro.
Posibles cambios en la ley para ampliar las causas del derecho de repetición.
En la actualidad hay nuevos riesgos que desde algunos agentes ya se están apuntando como posibles futuras circunstancias por el que las compañías podrían ejercer el derecho de repetición. El principal foco está puesto en los accidentes causados por despistes como el uso del teléfono móvil. Pero eso llegará o no en el futuro, es irrelevante a día de hoy.
¿Es posible reclamar el derecho de repetición de una compañía de seguros?
Sí, aunque se trate de un derecho legalmente reconocido, en algunos casos se puede reclamar contra la aseguradora. Por ejemplo, si la prescrito su derecho o en casos poco éticos como el ya mencionado anteriormente, el de los jóvenes que las compañías no quieren asegurar por su edad. La falta de ética de las compañías de seguros
¿Cuándo prescribe la acción de repetición?
En España el derecho de repetición de una aseguradora prescribe una vez transcurre un año a partir de la fecha en que hizo el pago de la indemnización o el desembolso monetario al perjudicado.
Es decir, una vez pase un año desde que recibiste el pago por parte de la compañía de seguros, esta ya no te puede exigir su devolución amparándose en este derecho. Si así sucediera puedes reclamar a la compañía porque ya ha vencido el plazo que tenía para ejercer el derecho de repetición.
En definitiva, son diversos los casos en los que un conductor puede oponerse al derecho de repetición de una compañía de seguros. Desde Compensator te recomendamos conocer tus opciones. Ponte en contacto con nosotros si te ves en la circunstancia de que una aseguradora ejerce o pretende ejercer el derecho de repetición contra ti. Analizaremos tu caso y te informaremos si tienes derecho a reclamar.
A continuación, os dejamos el vídeo que hemos subido a nuestras redes sociales (Facebook, Linkedin y YouTube) donde resumimos esta casuística de forma sencilla y comprensible.
Sobre al autor
Felipe Viso
Felipe Viso es el CEO y Director de Compensator Defensa Legal de Daños, empresa especializada en asesoramiento y reclamaciones a seguros para empresas y particulares. Con una trayectoria de más de 15 años en el sector, ha liderado diversas compañías relacionadas con la gestión de siniestros, incluyendo EuroSiniestro, donde impulsó la expansión y consolidación del negocio en Galicia.
A lo largo de su carrera, ha ocupado cargos de responsabilidad en el ámbito automovilístico y asegurador, desempeñando funciones clave en empresas como Motopasión, Ferbam, Eje Atlántico de Automóviles y Bouzas Motor. También es colaborador experto en derechos y reclamaciones a seguros en medios de comunicación como CdRas y Telemariñas.
Actualmente, encabeza Compensator, rodeado de un equipo multidisciplinar de abogados y peritos que garantizan un servicio ágil, profesional y eficaz en la defensa de los derechos de los asegurados.